Son prestaciones de contenido económico (pago único) que van destinadas a resolver situaciones de emergencia social de carácter transitorio y previsiblemente irrepetibles.
Son prestaciones económicas de pago periódico y devengo mensual (6 meses prorrogables por periodos iguales) a que tienen derecho las personas que, individualmente o cuyas unidades familiares se encuentren en estado de grave necesidad, debiéndose encontrar el beneficiario en situación legal de desempleo.
La cuantía de la ayuda será del 75 % del IPREM, incrementado dicho porcentaje en un 8% por cada miembro más de la unidad familiar, sin que en ningún caso la ayuda pueda superar el 100% de dicho IPREM.
Participación en Programas de inserción social y/o laboral ("Programa Barrios" y "Programas para perceptores de AISES").
Servicios Sociales de Base.
Tener la condición de familia numerosa. Según los requisitos establecidos en la ley 40/2003, de 18 de noviembre de protección a las familias numerosas.
Las familias numerosas se pueden acoger a una serie de ventajas que se pueden ver en la página de la federación Nacional de familias numerosas: www.familiasnumerosas.org
Que se den alguno de los indicadores de riesgo:
1. Déficit en habilidades para ejercer el rol parental.
2. Problemas de desestructuración familiar.
3. Violencia familiar/ relaciones conflictivas de pareja
4. Conductas asociales en los menores.
5. Familias con indicadores de alto riesgo: posibles toxicomanías, prostitución, etc.
6. Desorganización económica y doméstica
7. Familias con antecedentes de desprotección en Servicios Sociales.
Servicio Social de Base o derivación al Programa por el ETAIF (Equipo Territorial de Atención a la Infancia y Familia de la Junta de Extremadura).
