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El artículo 104 de la Constitución señala que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tendrán como misión proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar la Seguridad Ciudadana. De esta manera, queda señalada la misión principal de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, y cualquier conducta contraria da lugar a la intervención de los mismos. 

La Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad desarrolla las funciones de éstos, estableciendo algunas como concurrentes y otras como específicas y que en el caso de las Policías Locales podemos agrupar sus funciones en cinco bloques: Seguridad Ciudadana, Tráfico, Protección Civil, Administrativa y participación en conflictos privados. 

Estos bloques, se exponen de forma sencilla para que sean entendidas por cualquier ciudadano, las situaciones que dan lugar a la intervención de las Policías Locales.

 

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En materia de Seguridad Ciudadana los Policías Locales desarrollan sus funciones de dos formas. Una primera de carácter preventivo para evitar la comisión de cualquier delito, y otra de carácter represivo después de cometido el hecho, para detener al autor.  

Actuaciones preventivas: Los ciudadanos avisarán a los Policías Locales siempre que observen a alguna persona que les infunda sospecha de que va a realizar algún acto contrario a la seguridad ciudadana, por ejemplo: robos dentro de vehículos o en vehículos,  robos en viviendas, en locales, etc.  Tráfico de estupefacientes...  

Actuaciones represivas: También avisarán a los Policías Locales siempre que observen que se haya cometido alguna conducta susceptible de ser sancionada. Por ejemplo: Las conductas anteriores siempre que el individuo esté consumando o haya finalizado los hechos. Conviene recordar la importancia de observar al individuo para después facilitar la mayor cantidad de datos posibles a la policía. 

Siempre que se observen en espectáculos y establecimientos públicos a individuos que realicen conductas reprochables por la sociedad y que recogidas en las normas son castigadas. El ciudadano no tiene por que conocer todas las conductas que son sancionables, por eso ante la duda debe llamar a la policía que se la resolverá. Como ejemplo, indicaremos el consumo de alcohol de menores, la permanencia de estos en discotecas, el consumo y tráfico de drogas en estos lugares, la permisividad de los propietarios de los locales en el consumo y tráfico de droga, etc. Conflictos violentos en la vía pública, los malos tratos físicos de padres a hijos o entre ellos, etc.

 

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En este bloque se recogen todos los requerimientos de los vecinos en relación con el uso de la vía pública ya sea como peatón, como conductor, como pasajero, etc. 

Los ciudadanos como usuarios de las vías públicas deben sugerir a la Policía Local cualquier propuesta que mejore la seguridad, comodidad y fluidez de las mismas. Por ejemplo, cualquier deficiencia de señalización, tanto por ausencia como por deterioro de la misma; cualquier propuesta de ordenación de estacionamientos o de sentidos, etc. 

Podrán poner en conocimiento de la policía local todas las infracciones que observen en materia de Seguridad Vial como estacionamientos prohibidos, uso de zonas peatonales por parte de los vehículos, conducciones peligrosas, negligentes o temerarias, etc. 

Avisarán siempre que observen algún accidente, independientemente de la gravedad del mismo, ya que en algunos accidentes se producen irregularidades administrativas y como consecuencia de estas se produce perjuicio económico a aquellos que no son responsables del accidente. Como ejemplo señalaremos la conducción de vehículos sin permiso de conducir, sin seguro obligatorio, reunir el vehiculo deficiencias técnicas importantes, etc. 

No debemos olvidar la importancia de la colaboración de los ciudadanos en la conducción de vehículos bajo la influencia de bebidas alcohólicas o estupefacientes, ya que esta es una de las causas de mayor porcentaje por la que se producen los accidentes, por eso es de vital importancia el que los ciudadanos avisen a la Policía Local siempre que observen a algún conductor en estas circunstancias.

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En este bloque se pretende agrupar todas las actuaciones de la Policía Local ante situaciones de auxilio o de riesgo tanto inminente como futuro. 

Los ciudadanos deben avisar a la Policía Local siempre que se produzca algún accidente, ya sea laboral, doméstico, etc. ya que éstos podrán coordinar la actuación de los medios necesarios: ambulancias, 112, bomberos, personal facultativo, ... 

También se debe alertar a estos Cuerpos siempre que se produzca algún siniestro importante y sin olvidar la importancia que supone el conocerlo cuanto antes; nos referimos a incendios, fugas de gas, inundaciones, etc. 

No podemos olvidar la actuación preventiva que se puede realizar en estos casos y por lo tanto cualquier sospecha que pueda infundir a cualquier ciudadano no olvide alertar a la Policía, que pondrá en funcionamiento los medios necesarios para garantizar la seguridad en la zona.

 

En este bloque se recogen las actuaciones de las Policías Locales encaminadas al cumplimiento de las normas administrativas que regulan los actos de convivencia entre los ciudadanos del municipio. 

Así, en tema de Medio Ambiente los ciudadanos deben de comunicar cuando sospechen vertidos de residuos tóxicos o peligrosos para la salud, vertidos de escombros en lugares no habilitados para ellos, etc. En definitiva, cualquier modificación que altere el Medio Ambiente.

En relación con la salud y defensa de consumidores, los ciudadanos podrán requerir a la policía para que actúen en su defensa o para levantar el acta correspondiente y derivarla al organismo correspondiente.

Es función de la Policía la vigilancia del patrimonio artístico, así como los bienes públicos. Por tanto, cualquier colaboración por parte de los vecinos ante cualquier acto de gamberrismo o vandalismo será importante para mantenerlos en buen estado. 

Los vecinos que observen a menores, que en horario lectivo se encuentren fuera de los colegios e incumpliendo la escolaridad obligatoria, lo podrán en conocimiento de la Policía Local para su intervención.

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